Desacuerdo en la Comisión Experta sobre el articulo de la seguridad social


Desacuerdo en la Comisión Experta sobre el articulo de la seguridad social

Por: Jorge Romero

Después de dos jornadas de votación en la Comisión Experta del Consejo Constitucional, se  finalizó la revisión de las observaciones realizadas al texto propuesto por los Consejeros Constitucionales, aunque se realizaron ciertas modificaciones en algunas de las propuestas más controversiales, no se llegó a un acuerdo dentro del capítulo dos de la propuesta en la que se habla de derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales, específicamente en las enmiendas donde se consagra el derecho a la seguridad social.

El punto que se sigue debatiendo es el inciso 28, literal b que dice “Cada persona tendrá propiedad sobre sus cotizaciones previsionales para la vejez y los ahorros generados por estas, y tendrá el derecho a elegir libremente la institución, estatal o privada, que los administre e invierta. En ningún caso podrán ser expropiados o apropiados por el Estado a través de mecanismo alguno”.

Ante esto, la diputada del Partido Socialista Daniella Cicardini, mencionó que desde el sector de la oposición se ha instalado una falsa polémica respecto a la propuesta que ha entregado el ejecutivo en relación con la reforma de pensiones “lo que a mí me preocupa es la propuesta integral del Consejo Constitucional, que hoy día, quiere consolidar a las AFP, […] un modelo económico que no dice relación con la justicia social, con un Estado social y democrático de derechos. Yo creo que estamos involucionando y creo que eso es un despropósito”.

La consejera constitucional y jefa de bancada de RN y EVÓPOLI, Pilar Cuevas, quien además es parte de la Comisión Mixta del Proceso Constitucional se refirió con respecto al literal b del artículo, sobre el derecho a la seguridad social, haciendo hincapié que desde un principio su sector ha estado de acuerdo en defender la libertad de escoger el administrador para las cotizaciones para la vejez.

Asimismo, explicó que lo que se busca es que la ciudadanía escoja el ente que administré sus ahorros previsionales y en el caso fortuito de una muerte, esos fondos pasen a sus herederos por la pensión de sobrevivencia, y que el Estado no se apropie de dichos dineros, enfatizando que eso es lo que se quiere consagrar en el texto constitucional, buscamos todos los acuerdos durante la comisión, el pleno con todos los sectores. Y no hubo acuerdo porque, siempre lo que el oficialismo ha buscado es que estas cotizaciones sean administradas íntegramente por el Estado, no por entidades privadas y que no exista propiedad sobre los ahorros previsionales de toda la vida, o sea los ahorros de los trabajadores y ahí no pudimos encontrar un consenso, nosotros solo pedimos libertad para elegir y el oficialismo no le gusta esa libertad para elegir”.

El abogado y experto en materia previsional de la UC Hugo Cifuentes, advirtió que, en esta materia, la norma debe ser lo suficientemente genérica para dejar espacio al legislador, con el fin de adaptar la norma a la realidad, tras esto declaró en El Mercurio rigidiza el sistema de pensiones, atendido que las cotizaciones del afiliado solo pueden destinarse a cuentas individuales, por capitalización individual. Podría decirse que sin esta constitucionalización de un determinado modelo de financiamiento individual de pensiones, la propuesta en el resto del artículo puede ser validada, por cuanto es amplia. Su dificultad está en la letra b), que petrifica, como han dicho algunos, una forma de financiar pensiones contributivas”.

En su contraparte el economista y exconvencional, Bernardo Fontaine, considera que el texto aprobado entrega tranquilidad a los trabajadores, en relación a que la Constitución garantizará el derecho a una seguridad social “más amplia y potente, además de la propiedad y heredabilidad de las cotizaciones y los fondos previsionales”, sostuvo en El Mercurio.

En relación con las críticas, Fontaine descarta que lo aprobado frene posibles cambios en materia solidaria: “La Constitución prohibiría a los políticos implementar un sistema de reparto o fondo estatal con las cotizaciones y fondos del trabajador. Y eso es de toda justicia. Deja amplio espacio a la ley para hacer solidaridad con cotizaciones pagadas por el empleador o impuestos”, expresó también en el medio. 



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